Chistes científicos en la Constitución Española

Título I. Artículo 43.
3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria […]

Título I. Artículo 44.
2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.

Título I. Artículo 51
1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.

2. Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca.

3. En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio interior y el régimen de autorización de productos comerciales.

7 pensamientos en “Chistes científicos en la Constitución Española

  1. siempre he pensado que nuestra constitucion necesita una cura de ambiguedad, porque tal y como estanpodrian dar lugar a una interpretacion equivocada, en beneficio probable del gobierno, eso desde luego, por defecto…
    asi vulneran luego al ciudadano en su conjunto si n tantos problemas…

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  3. La clase política es astuta.
    Son conscientes de que si los poderes públicos NO educan, NO protegen, y NO defienden a los ciudadanos, estarán INCUMPLIENDO la carta magna. Y precisamente por esa razón insisten en PRIVATIZARLO TODO. De ese modo, cuando ya no quede ningún poder público, no habrá ningún ente que esté obligado (sobre el papel) a velar por la ciudadanía.
    Llegado ese momento (distópico) la ciudadanía se verá totalmente indefensa, pero paradójicamente no habrá ningún poder público al que acusar de incumplir la constitución.
    Lo dicho: Muy astutos.

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